jueves, 22 de marzo de 2018

Plan de Ahorro - GENERALI Equilibrio PIAS


A medida que se acerca nuestra jubilación nos preocupamos más por nuestros ingresos y lo que nos quedará para el futuro. Es importante asegurar ese futuro para poder mantener nuestro nivel de vida y disfrutar con los nuestros sin sobresaltos y sin pasar apuros.
Te ofrecemos GENERALI Equilibrio PIAS, un Plan Individual de Ahorro Sistemático que te permite invertir en carteras de inversión según sea tu perfil de riesgo y obtener una atractiva rentabilidad.
Además con GENERALI Equilibrio PIAS puedes optar a la total exención de los rendimientos que obtengas.

GENERALI te da la posibilidad de operar de dos formas diferentes según sea tu perfil inversor:
 
 Inversión automática
- Composición fija: tú determinas la distribución de activos que deseas para tu inversión y, al cierre de cada ejercicio, nosotros realizamos automáticamente los reajustes necesarios.
- Consolidación de plusvalías: cada cierre de ejercicio traspasamos automáticamente las ganancias a tu cartera garantizada, consolidando los beneficios.
- Inversión de rendimientos: cada cierre de ejercicio traspasamos automáticamente el rendimiento de cartera garantizada a la cartera que nos hayas indicado.
- Nivel de Protección: es un mecanismo automático para proteger tu inversión. Puedes elegir entre el 80% y el 90% de protección para tus inversiones.

Inversión manual
- Discrecional: puedes solicitar los cambios que desees en la composición de la cartera. 

VENTAJAS:

  • Rentabilidad: te ofrecemos una alternativa para alcanzar rentabilidades atractivas, asumiendo un riesgo acotado y acorde con tu perfil inversor. Tú asumes el riesgo de la inversión pero contando siempre con el asesoramiento profesional de GENERALI.
  • Flexibilidad total: en cuanto a los tipos de aportaciones, plazos o suspensión de aportaciones.
    Puedes cambiar de una cartera a otra o modificar la distribución de las mismas.
  • Personalización: cada cartera tiene un perfil de riesgo y rentabilidad asociado y por tanto podemos adaptarnos realmente a lo que necesitas.
  • Protección adicional: GENERALI no deja nada al azar y para proteger a los tuyos, si se produjera el fallecimiento del asegurado, se abonará a los beneficiarios el valor liquidativo del fondo y además un capital adicional de hasta 7.500 €.
  • Transparencia absoluta: te informamos periódicamente sobre la evolución de tu inversión.

FISCALIDAD:

Las ganancias de estos productos quedan totalmente exentas, es decir no tributan en el IRPF si se han obtenido en al menos cinco años y si se perciben en forma de renta vitalicia.  Además las rentas que percibirás tributan con un porcentaje reducido.

La aportación máxima anual es de 8.000 € y 240.000 € para la duración total del contrato, según legislación vigente (Ley 35/2006 de 29 de noviembre).

Si prefieres retirar tu ahorro de una vez o antes de haber transcurrido los cinco años, los rendimientos tributarán en el IRPF como rendimientos del capital mobiliario.

Ocho multas que te pueden poner aunque no muevas el coche



Un error, un despiste, o el exceso de confianza al volante pueden provocar que cometamos una infracción de tráfico, con su consiguiente multa.
El exceso de velocidad o conducir mientras se utiliza el teléfono móvil son dos de las causas más comunes por las que se puede recibir una sanción de tráfico. Pero también con el coche parado podemos estar cometiendo una infracción, estas multas son más habituales de lo que parece.
En primer lugar podemos recibir una multa por no tener el seguro al día. La sanción va desde 600 a 3.000 euros e incluye la inmovilización del vehículo. Aunque puede parecer lógico pensar que si no lo vamos a utilizar no es necesario asegurarlo porque no vamos a tener un accidente de circulación con él, en realidad no es así y todos los coches deben tener una cobertura, como mínimo, de la Responsabilidad Civil.

También podemos ser multados por no haber pasado la ITV, con multas desde los 200 a los 500 euros. Si la ITV es desfavorable o negativa, el propietario del vehículo cuenta con un plazo máximo de 2 meses para subsanar los defectos encontrados y pasar una nueva inspección. De lo contrario, el vehículo podría ser dado de baja.
Si cambiamos de domicilio sin avisar a Tráfico en un plazo de 15 días, la multa puede suponer unos 80 euros. Asimismo, lavar o limpiar el coche en la vía pública puede suponer una multa de 30 a los 3000 euros, ya que se considera degradar el estado del mobiliario urbano.
Otra multa que podemos recibir sin necesidad de mover el coche es por tener la matrícula sucia, dificultando su legibilidad. Tenemos que distinguir dos diferencias que harán más o menos grave una infracción relacionada con la matrícula de nuestros vehículos. El hecho de que ésta se encuentre en mal estado, doblada, rota o no llevarla, además de sucia, la Ley de Tráfico lo considera como una infracción grave que puede dar como resultado multas de 200 euros aunque no suponga pérdidas de puntos. En el otro caso, más extremo, hace referencia al hecho de manipular las matrículas de cara a dificultar la identificación. Esto para la Ley pasa a ser una infracción muy grave implicando sanciones que pueden ascender a los 6.000 euros y en estas situaciones implicando pérdida de hasta seis puntos del carné de conducir.
Tres posibilidades más de recibir una sanción con el coche parado son, por ejemplo, por aparcar en la playa, por repostar con las luces encendidas o el motor en marcha, en cuyo caso la sanción puede ser de 200 euros y retirada de tres puntos del carné de conducir, y finalmente, por reparar el vehículo en la calle.


jueves, 1 de marzo de 2018

Seguro de Responsabilidad Civil D&O para directivos, administradores....


Ante las consecuencias de errores propios o demandas ajenas se ha creado el Seguro de Responsabilidad Civil denominado D&O (directors and officers de sus siglas en inglés).
“Un gran poder conlleva una gran responsabilidad”
¿Sabes de quién es esa famosa frase? No. Esta rotunda y certera sentencia no la inventó el artista Stan Lee y la lanzó al mundo por medio de Tío Ben en los cómics de Spiderman. La frase original es del ex presidente de Estados Unidos Franklin Delano Roosevelt, y la pronunció hace más de 60 años.
Sin embargo, una máxima así no pasa nunca de moda, sino que pervive en el tiempo. Y tiene una gran aplicación en el mundo presente. Un gran poder conlleva una gran responsabilidad. La que tienen, por ejemplo, los administradores y directivos de las empresas, que invierten una gran cantidad de tiempo y esfuerzo en el desarrollo de su actividad profesional y, si bien pueden disfrutar de importantes beneficios, cuentan también con la presión que conlleva el cargo que ostentan y se enfrentan a numerosos riesgos. Un error suyo no es un error cualquiera, un problema surgido no es un problema más. Todo cobra una mayor trascendencia cuando se asume un cargo de responsabilidad.
Con el fin de garantizar una mayor protección de los directivos y consejeros de las empresas -bien sean pymes o grandes corporaciones– ante las consecuencias de errores propios o demandas ajenas se ha creado el Seguro de Responsabilidad Civil denominado D&O (directors and officers de sus siglas en inglés). Un producto que las compañías aseguradoras ponen a disposición de sus clientes, tratando de contemplar todas las situaciones complicadas que los altos cargos pueden llegar a atravesar con el fin de ofrecerles una cobertura adecuada.
Muchos riesgos, muchos terceros, muchas reclamaciones
Gerentes, directivos, consejeros, administradores… son cargos de peso que pueden beneficiarse de suscribir un seguro de este tipo, en busca de garantizar su responsabilidad personal e ilimitada y proteger su patrimonio frente a reclamaciones de terceros derivadas de sus decisiones empresariales. Y hay que tener en cuenta que los terceros pueden ser muchos y de muchos tipos -desde empleados a accionistas pasando por proveedores o acreedores– y que sus demandas pueden no comprometer la continuidad de la compañía o sociedad , sino poner en peligro el patrimonio personal del afectado.
En ese escenario es donde cobra sentido el seguro de Responsabilidad Civil D&O, que trata de cubrir los riesgos que se toman y la responsabilidad de esos cargos ante las reclamaciones. Reclamaciones que pueden ser de muchos tipos: por acoso laboral o acoso sexual, por publicidad engañosa, por errores de gestión en el día a día, por falta de confidencialidad, por falta de pago a proveedores o acreedores, por conflictos con la administración e incluso por situaciones realmente graves como son los procesos concursales de la sociedad donde el patrimonio personal de los administradores y directivos se encuentran peligrosamente expuestos
Hay que reseñar también que el tomador de la póliza en un seguro de este ámbito es la empresa o sociedad, ya se trate de un pequeño comercio o de una gran organización, y que las personas aseguradas son las personas físicas que son administradores y directivos (incluyendo empleados cuando actúen con funciones gerenciales).
Coberturas más frecuentes
Las coberturas más frecuentes que presenta un seguro de Responsabilidad Civil D&O, más allá de las que protegen ante las reclamaciones contra la persona asegurada, son éstas entre otras: gastos de defensa con libertad de elección de abogados por parte del asegurado, multas y sanciones administrativas, fianzas civiles y penales y gastos de aval concursal, gastos de publicidad, gastos de gerencia de riesgos de forma previa a una reclamación, gastos de extradición,…
Y es que las pérdidas económicas a las que se puede enfrentar un directivo o administrador en una situación de este tipo son muy elevadas. Con un seguro de este ámbito se soportan los gastos de defensa de los administradores y directivos (costas judiciales, honorarios, etcétera) y el pago de las indemnizaciones, si fuera el caso, que exigieran los tribunales. La mayoría de los gastos bajo estas pólizas se producen por gastos de defensa (ya que se producen procedimientos muy caros y muy dilatados en el tiempo)
Como coberturas principales podemos destacar las ya citadas de responsabilidad por actuaciones negligentes, defensa jurídica, fianzas y sanciones administrativas, así como otras como la de reembolso a la sociedad. Pero un seguro así también puede ofrecer coberturas complementarias como los gastos de restitución de imagen o de gerencia de riesgos, las reclamaciones por disputas laborales o violación de las prácticas de empleo, los daños a los recursos naturales, la extensión de la protección a personas físicas o jurídicas cercanas al asegurado o socias/filiales de éste…
Estudiar las coberturas (y, por supuesto, las exclusiones) de los seguros de D&O que estemos barajando es un paso esencial que los altos cargos deben llevar a cabo antes de apostar por una compañía u otra. Y es que un gran poder conlleva una gran responsabilidad. Lo importante es asesorarse bien antes de decidir las coberturas y los capitales y en esto siempre es bueno contar con un agente de seguros.