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jueves, 11 de enero de 2024

Registro de seguros de vida: qué es y para qué sirve


El registro de seguros de vida es un fichero de acceso público del que quizás no has oído hablar a pesar de su gran utilidad. Su principal función es aportar información a petición de los interesados sobre los seguros de vida que tiene contratada una persona.

 A lo largo de este artículo te vamos a desgranar qué es el registro de seguros de vida y para qué te puede servir.

 

¿Qué es el registro de seguros de vida?

El registro de seguros de vida es un fichero de cuya gestión se encarga el Registro General de Actos de Última Voluntad, organismo que, a su vez, pertenece al Ministerio de Justicia.

Al ser un fichero de acceso público, cualquier persona que cumpla con los requisitos exigidos en cuanto a trámites y documentación puede consultarlo libremente.

En España, el registro de seguros de vida se puso en funcionamiento en el año 1999. Desde entonces, se ha destacado como una herramienta de máxima utilidad a la hora de determinar si una persona fallecida tiene contratado algún seguro de vida, ya que permite a los familiares y allegados saber si esta persona cuenta con alguna cobertura que pueda aplicarse en su caso particular.

¿Qué tipo de información aparece en el registro de seguros de vida?

La información presente en el registro de seguros de vida recoge, fundamentalmente, tres tipos de datos:

  1. Datos identificativos de la persona asegurada. Es decir, su nombre y apellidos, su dirección y su número de DNI.
  2. Información relativa a la entidad aseguradora. Como su número de CIF, su denominación social o la clave administrativa correspondiente a su inscripción en el registro de entidades aseguradoras.
  3. Información relativa al contrato de seguro establecido con la persona fallecida. Esta información incluye el número identificativo de dicho contrato y los tipos de cobertura que contempla, pero sin hacer mención alguna a compensaciones o cantidades económicas.

¿Cómo se accede al registro de seguros de vida?

Acceder al registro de seguros de vida es un proceso relativamente sencillo, sin embargo, deberás cumplir determinados requisitos y disponer de determinada documentación para conseguir un certificado que te otorgue dicho acceso.

Esto es algo completamente lógico a fin de garantizar  unos mínimos parámetros de seguridad en el acceso y obtención del certificado.

Así las cosas, lo primero que debes tener en cuenta es que solo se puede acceder al registro de seguros de vida una vez que la persona asegurada ha fallecido.

Deberás, por tanto, presentar el certificado de defunción correspondiente a partir de los primeros quince días desde la fecha de fallecimiento. Ten en cuenta también que el plazo de presentación expirará cuando se cumplan 5 años desde dicha fecha.

Una vez que te hayan concedido el acceso al registro de seguros de vida, podrás solicitar la información a través de diferentes canales, según tus preferencias:

  • De forma presencial.
  • A través de correo ordinario.
  • Mediante certificado electrónico podrás realizar los trámites de forma online a través de la página web del Ministerio de Justicia.

Elijas el método que elijas, deberás cumplimentar y presentar el Modelo 790, accesible también desde la página web del Ministerio de Justicia.

 Además de aportar tus datos personales, deberás explicar la razón por la que solicitas la nota informativa y detallar la siguiente información correspondiente a la persona fallecida:

  • Nombre y apellidos.
  • Número de DNI.
  • Fecha y lugar de nacimiento.
  • Nombre de los progenitores.

Asimismo, independientemente del canal que utilices para realizar tu solicitud, deberás pagar una tasa en concepto de gestión.

¿Cuánto tiempo tarda en hacerse efectiva la solicitud?

El tiempo que tardará tu certificado en estar listo depende en gran medida del canal por el que hayas decidido realizar tu solicitud.

En el caso de las solicitudes en línea, su trámite suele llevar poco tiempo, por lo que, si escogiste esta vía, lo normal es que dispongas de tu certificado en cuestión de 24 o 48 horas.

En caso de que hayas hecho la solicitud a través de correo ordinario o por vía presencial, el plazo máximo de expedición no superará los siete días, aunque también deberás sumar el tiempo que necesitará el certificado para llegar a tu lugar de residencia o a la gerencia territorial del Ministerio de Justicia en la que hayas realizado la solicitud.

Una vez recibido tu certificado, estarás en disposición de iniciar el proceso de cobro del seguro.

Como ves, el registro de seguros de vida es un directorio de lo más útil a la hora de comprobar si un familiar fallecido contaba con algún seguro de vida del que puedas beneficiarte y que quizás desconozcas.

Dado que existen distintos tipos de seguros de vida, lo mejor que puedes hacer si te interesa contratar uno es dejarte asesorar por nuestros expertos, que sabrán recomendarte el que mejor se adapte a tus características. Para ello, lo único que tienes que hacer es contactar con nosotros. 


 

lunes, 15 de febrero de 2021

¿De qué depende el precio de un seguro de coche?

 


El titular que arranca este post parece una pregunta de fácil respuesta, de las que te harían si fueras un niño en primero de la ESO o participases en un concurso de televisión de los que reparten mucho dinero a cambio de casi nada. A la gran mayoría de nuestros lectores les vendrá a la cabeza una clara respuesta a bote pronto: el precio de un seguro de coche depende de las coberturas, de qué va a ser. 

Factores que influyen en el precio de un seguro de coche

Sin embargo, siendo esto tan obvio como cierto existen numerosos factores que influyen en el precio a pagar por cualquier persona que contrate un seguro de coche. Como veremos, las compañías de seguros tienen en cuenta prácticamente todos los aspectos a la hora de valorar la cuantía de la prima que deberá abonar cada cliente. Os los detallamos a continuación.

El perfil de riesgo, esencial

Las compañías estudian cada caso particular con el fin de estudiar cuál es el perfil de riesgo, teniendo en cuenta muchísimos aspectos con el objetivo de determinar si a priori existe una mayor o menor probabilidad de siniestro, aspecto que redundará de manera decisiva en el precio de la póliza mediante una sencillísima norma: a más riesgo, más costoso será el seguro (o, si lo queremos enfocar de otra manera, cuanto menos probabilidades haya de que se produzca un percance más económicas serán las primas a pagar por el tomador).

A grosso modo para baremar el precio de un seguro de coche se tienen en cuenta dos grandes aspectos. Uno de ellos son las características del conductor, analizándose aspectos cruciales como su edad y la antigüedad de su permiso de conducir, que determinarán su experiencia no sólo al volante, sino también vital. Como es obvio las personas más jóvenes y con menos años de carnet tendrán que abonar un coste más elevado por su seguro, pues su desempeño en la carretera conlleva un mayor riesgo.

Otro dato crucial es el historial de siniestralidad de la persona que se quiere asegurar, en positivo y en negativo. Una persona que no ha dado nunca un parte o que al menos no haya tenido culpa en accidentes en los que haya estado involucrado denota prudencia, destreza y fiabilidad al volante, lo que puede tener la recompensa de un seguro económico; sin embargo, los conductores que se hayan visto involucrados en el pasado en varios siniestros en la carretera seguramente tendrán que pagar un precio más elevado por su póliza… e incluso, en algunos de los casos podrían ver cómo la aseguradora opta por no cubrirles.

Otros factores que la compañía de seguros también podría considerar con respecto al conductor son los puntos que tenga en el carnet, su lugar de residencia -pues siempre hay zonas con menor o mayor índice de siniestralidad , y la frecuencia con la que use su vehículo particular. La antigüedad como asegurado también puede ser una baza a favor de éste si su trayectoria es positiva.

El otro factor clave son las características del vehículo a asegurar, desde la antigüedad del mismo a su marca, modelo y versión, lo que indicará a la compañía datos fundamentales respecto a la seguridad que ofrece – no es lo mismo un utilitario que un monovolumen- o su cilindrada -los coches más potentes y veloces, como los deportivos, suponen un mayor riesgo de accidente que los de gama media-. También entran en juego aspectos como la posesión por parte del conductor/asegurado de una plaza de garaje, así como si el vehículo dispone de dispositivos antirrobo o de otros accesorios adicionales.

Y sí, también las coberturas

Y claro, después de todo lo ya citado, como destacábamos en el inicio es obvio que la modalidad del producto que se escoja y las coberturas de las que se dispongan determinarán decisivamente el precio de la póliza. Los más económicos son los seguros a terceros (cuyas modalidades más básicas cubren la responsabilidad civil, la defensa jurídica y los daños personales), mientras que los de precio más elevado son los seguros a todo riesgo, que a las garantías ya citadas pueden añadir muchas más: ampliación de RC, de daños corporales y de servicio de terceros, asistencia en viaje, rotura de lunas, daños al coche por colisión con animales, robo, incendio o pérdida total.

Por último, no podemos dejar de citar otro factor de perogrullo pero esencial: la compañía por la que apostemos para que nos asegure. La mejor apuesta siempre pasará por una equilibrada relación calidad-precio, procurando estar bien cubiertos por un producto económico pero completo e intentando no caer ni en el infraseguro ni en el sobreseguro.


 

viernes, 4 de octubre de 2019

Los hipotecados, por fin más libres para elegir sus seguros

La Ley reguladora de créditos inmobiliarios está en vigor desde el 16 de junio de 2019 y no tiene carácter retroactivo en todo lo que está relacionado con los seguros. Por tanto, se aplica para todos aquellos que firmen un préstamo para la adquisición de su vivienda a partir de esta fecha.
Se trata de una normativa que mejora la protección de los consumidores y también la situación de todas las empresas del sector asegurador. A continuación te explicamos los detalles más relevantes:

Adiós a los vínculos entre productos y préstamos en la banca

El cambio más importante que supone la nueva Ley Hipotecaria implica que la prohibición a los bancos de vender productos vinculados a cualquier préstamo. Solo se llevará a cabo si se beneficia el cliente y será el Banco de España quien establezca estos criterios.
Además, el banco no podrá penalizar al cliente con peores condiciones del préstamo, tanto en la contratación inicial como en las renovaciones, por el mero hecho de aceptar una póliza fuera de la oferta de la entidad financiera.

El seguro de vida permanece exigible, aunque puede ser de otra compañía

Sin embargo, los bancos podrán seguir exigiendo al cliente el contrato de una póliza que garantice las obligaciones, como por ejemplo un seguro de vida en el que figura el banco como beneficiario, para que el pago total de la hipoteca tenga lugar siempre, incluyendo en caso de que fallezca el asegurado.
Eso sí, a partir de ahora la banca está obligada a aceptar alternativas de otras compañías que ofrezcan este tipo de productos, como las aseguradoras siempre y cuando la póliza cumpla con unas condiciones y un nivel de prestaciones equivalentes a la oferta procedente de la entidad bancaria.

Eliminación de prácticas abusivas de los bancos

Por otro lado, desde ya, los bancos no podrán cobrar gastos suplementarios por realizar un estudio comparativo por los seguros presentados por él mismo, cuando el consumidor decida no contratar sus seguros.
Además, las entidades bancarias deberán presentar al consumidor las opciones en el mercado de una manera mucho más clara, para que pueda distinguir con facilidad las diferencias entre varias ofertas. Una buena manera de conseguir este objetivo es a través de la realización de la oferta de los productos de forma combinada y por separado, una obligación para los bancos que está contemplada en la nueva Ley Hipotecaria.