martes, 26 de diciembre de 2017

TODO SOBRE LOS SEGUROS DE TU HIPOTECA

Las mejores hipotecas del mercado exigen que el consumidor contrate una serie de seguros con su entidad pero ¿es obligatorio hacerlo? ¿Qué sucede si no lo haces?
En muchos casos, los bancos te ofrecen rebajas en el diferencial de sus hipotecas a cambio de que contrates productos extra que te mantengan vinculado con la entidad. Las cuentas, las tarjetas, los planes de pensiones y, sobre todo, lo seguros, son las opciones que te encontrarás con más frecuencia.

Por ejemplo, la hipoteca del Banco Catalunya Caixa te ofrece hasta una reducción del 0,60: si domicilias tu nómina o pensión junto a los recibos (-0,20), si utilizas las tarjetas de crédito de la entidad (-0,10) y si contratas los seguros de vida (-0,20) y de hogar (-0,10) que comercializa el banco. Es decir, que al +2,40 que habría que sumar inicialmente al euríbor podrías restar hasta un -0,60%, lo que se traduciría en un diferencial del +1,80.
Cuando te encuentres con una oferta de este tipo, debes leer con atención la letra pequeña. En ocasiones las promociones pueden dar a entender que es necesario contratar un seguro con el banco que te conceda la hipoteca, pero ¿qué dice la ley al respecto? ¿Tienes que contratar la póliza con tu entidad o puedes elegir el proveedor que quieras? ¿Qué sucede si no la contratas con tu banco? 

1. ¿Cuáles son los seguros que ofrecen los bancos con más frecuencia?
Una gran parte de las hipotecas que hay en el mercado te exige contratar varios seguros para conseguir el diferencial más atractivo. 

a) seguro de hogar: es el seguro que te ofrecen con más frecuencia y es imprescindible a la hora de contratar cualquier hipoteca. Las entidades te ofrecerán vincular varios tipos de seguro de hogar: desde pólizas que solo cubren el continente –y que permiten cubrir el valor del inmueble ante cualquier posible daño- “hasta seguros de hogar al uso”, lo que incluye la cobertura del contenido.
b) seguros de vida: se contratan para que, en caso de fallecimiento o invalidez del usuario que ha contratado la hipoteca, el banco pueda amortizar la parte que pudiese quedar pendiente del préstamo. Es posible que, asociado a este seguro, el banco te proponga contratar de forma complementaria un seguro de accidentes con cobertura para el riesgo de invalidez o de enfermedad.
c) seguros de protección de pagos: este seguro se utiliza para garantizar el pago de las cuotas del préstamo al banco en situaciones de pérdidas de ingresos, enfermedad o accidente del titular de la hipoteca.
En ocasiones los bancos pueden exigirte que vincules algo más que los seguros explicados. En el caso de la Hipoteca Insuperable de Global Caja (Euríbor de 1,55%) la entidad te exige vincular la nómina, tres recibos principales, tarjeta de crédito, tarjeta de débito, seguro de vida, seguro de hogar y un plan de pensiones. Por ello es fundamental que prestes atención a la letra pequeña del contrato.

2. ¿Alguno de ellos es obligatorio?
El seguro de hogar es obligatorio, pero en determinadas condiciones:
a) Solo es obligatorio el seguro contra incendios: la ley 2/1981 dice que “los hipotecados tendrán que contratar seguro de incendios” cuyo objetivo es cubrir el inmueble contra cualquier posible daño y “esta suma debe coincidir con el valor de la tasación del bien asegurado excluido el valor de los bienes no asegurables por naturaleza”.
b) No es obligatorio contratarlo con la entidad: la ley te obliga a contratar un seguro de hogar para garantizar que la deuda quedaría saldada en caso de que te suceda algo, pero no te obliga a que formalices este seguro con la misma entidad bancaria que te ofrece la hipoteca. Eso sí, lo que sí puede ocurrir es que una entidad te exija que contrates con ellos si quieres beneficiarte de un diferencial más ventajoso. 

3. ¿Qué pasa si no quiero contratarlos?
En general, no contratar los productos vinculados que ofrecen las entidades provoca que una hipoteca se encarezca hasta en 1.357 euros al año.
En el caso de los seguros, puedes encontrarte con varios supuestos:
a. Que te suban el diferencial si no contratas lo seguros
Existen hipotecas que te bonifican por contratar con ellos los tres seguros más frecuentes y que, si no, te sube el diferencial.
b. Que no te concedan el préstamo si no lo contratas
Algunas entidades exigen, como requisito obligatorio para acceder a la hipoteca, que se contraten ciertos seguros. 

4. Cuidado con los seguros de Prima Única Financiada (PUF)
Una alternativa para abonar los seguros vinculados a una hipoteca es la Prima Única Financiada (PUF). Esta modalidad consiste en que, en vez de pagar una prima periódica (mensual, anual…) durante los años que tengas que tener activo el seguro, lo abonas de una vez y el banco te financia el pago a plazos. Es decir, es como si estuvieras pidiendo un préstamo para pagar el seguro.
En las PUF, el coste de esa prima única se suma a la cantidad que has pedido como hipoteca. Por tanto, al añadir esta cantidad extra, estarías generando una cantidad de intereses mayor y tu préstamo terminará siendo más caro

5. ¿Por qué te obligan a poner a la entidad como primer beneficiario?
Es posible que el banco te pida figurar como primer beneficiario de los seguros que contrates. ¿El motivo? Protegerse en caso de que suceda cualquier imprevisto, tanto al inmueble como a la persona que solicita la hipoteca.
Al poner al banco como primer beneficiario en el seguro de hogar, la entidad cobraría el dinero en caso de que un incendio destrozase la casa y podría saldar así la deuda pendiente. Con el seguro de vida, el banco también podría recuperar el dinero pendiente en caso de que su cliente falleciera.
Es importante que tengas en cuenta que el banco no puede obligarte a tomar esta decisión: eres tú quien decide si lo pone o no como primer beneficiario del seguro. Ahora bien, al igual que sucede con la vinculación de productos, no aceptar este requerimiento puede provocar que no te concedan la hipoteca que has solicitado. 
 

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